
Decreto 675-26 elimina el límite de edad y fija licencia de conducir por 4 años
Santo Domingo, 29 de septiembre de 2026. — El presidente Luis Abinader dictó el Decreto núm. 675-26, mediante el cual elimina toda distinción basada en la edad para limitar la vigencia de las licencias de conducir y establece un plazo uniforme de cuatro (4) años para todas las personas, alineándose con la sentencia del Tribunal Constitucional TC/0904/26 y derogando el Decreto 330-26.
Igualdad plena sin discriminación por edad
La norma establece expresamente que la edad no podrá ser utilizada como criterio único para reducir, limitar o denegar la vigencia de una licencia. La evaluación de la aptitud para conducir se realizará mediante exámenes físicos, teóricos y prácticos, aplicados sin distinción alguna, conforme a las facultades del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).
La vigencia de las licencias y autorizaciones vencerá el día del cumpleaños del titular, a los cuatro años de su expedición o renovación, en estricto apego al artículo 208 de la Ley núm. 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Solo causales objetivas justifican suspensión o cancelación
El decreto reafirma que la licencia solo podrá suspenderse o cancelarse cuando:
- Dejen de cumplirse los requisitos legales exigidos.
- Se acredite, mediante certificado médico, imposibilidad permanente física o mental para conducir.
- Se respete en todo momento el debido proceso administrativo.
La medida busca garantizar la integración activa de los adultos mayores y evitar exclusiones arbitrarias, en cumplimiento de los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución.