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Depositan en la Cámara de Diputados proyecto que convierte a DIGEMAPS en ente autónomo para fortalecer regulación sanitaria

Santo Domingo, 7 de octubre de 2026. — El ministro de la Presidencia, José Ignacio Paliza, depositó ante la Cámara de Diputados el proyecto de ley que dota de personalidad jurídica y autonomía plena a la Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS).

Proyecto de ley para convertir a DIGEMAPS en ente autónomo
Proyecto de ley para convertir a DIGEMAPS en ente autónomo.

La iniciativa busca transformar el organismo en un ente descentralizado con capacidad administrativa, técnica, operativa y presupuestaria propia, manteniéndose adscrito al Ministerio de Salud Pública.

El documento fue recibido por el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, quien resaltó su relevancia para el desarrollo institucional del país.

De órgano desconcentrado a autoridad con rango de ley

El director general de DIGEMAPS, Marcos Balaguer, explicó que la propuesta eleva el marco legal del organismo —actualmente sustentado en los decretos 82-15 y 231-23— para consolidar su independencia funcional. El texto establece un régimen integral que regula la producción, importación, exportación, distribución, comercialización, publicidad y vigilancia de medicamentos, alimentos, bebidas, cosméticos e higiénicos.

La iniciativa surge del diálogo público-privado impulsado por Meta RD 2036, con miras a situar los estándares de protección sanitaria a la altura de una economía duplicada y competitiva.

Facultades ampliadas: control digital, alertas y retiros

El proyecto refuerza las atribuciones de DIGEMAPS en frentes clave:

  • Vigilancia de productos ofertados en plataformas digitales y redes sociales, además de establecimientos físicos
  • Elaboración de planes de control basados en riesgo para detectar falsificaciones, productos subestándar o adulterados
  • Emisión de alertas sanitarias y retiros preventivos con información clara sobre el producto, el riesgo y las medidas a adoptar por la ciudadanía
  • Verificación previa de publicidad: solo medicamentos de venta libre podrán promocionarse al público; medios, plataformas e influencers deberán confirmar la autorización oficial antes de difundir mensajes

Plazos definidos para agilizar servicios

  • Resolución de solicitudes de habilitación: 30 días hábiles tras recibir el expediente completo
  • Registro sanitario: máximo 90 días hábiles para medicamentos y productos sanitarios; 45 días hábiles para los demás
  • Se reconocen evaluaciones de autoridades extranjeras de referencia y organismos internacionales, sin renunciar a la decisión nacional

Estándares internacionales y continuidad de servicios

La propuesta responde a evaluaciones de la OMS y la OPS que recomendaban mayor autonomía técnica y presencia territorial. Contempla un régimen de incentivos para retener personal especializado y un régimen de transición: los registros vigentes conservan su validez hasta su vencimiento y los trámites en curso continuarán sin interrupción.


📅 7 de octubre de 2026 | 📍 Santo Domingo
🏷️ Categoría: Salud / Legislación / Institucional
📰 Ciudad del Norte — Editado en Santo Domingo Norte | 🌐 https://ciudaddelnorte.com
🔗 Fuente: Cámara de Diputados / DIGEMAPS

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